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Estados Unidos mantiene restricciones al llamado “turismo de nacimiento”

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El llamado “turismo de nacimiento”, práctica que consiste en viajar a Estados Unidos con el propósito principal de dar a luz para que el hijo obtenga la ciudadanía estadounidense, no está permitido bajo las normas migratorias estadounidenses.


Washington, D.C. — El llamado “turismo de nacimiento” (birth tourism), término utilizado para describir los viajes a Estados Unidos cuyo propósito principal es dar a luz en territorio estadounidense con la intención de que el menor obtenga la ciudadanía de ese país, no constituye un propósito permitido bajo una visa de visitante.

El Departamento de Estado de Estados Unidos establece expresamente que viajar con una visa de visitante con el propósito principal de dar a luz para obtener la ciudadanía estadounidense para el hijo no es una actividad permitida. 

La política está vigente desde el 24 de enero de 2020, cuando el Departamento de Estado modificó las reglas aplicables a las visas de visitante B-1/B-2. Bajo estas disposiciones, los funcionarios consulares pueden negar una solicitud cuando existen razones para considerar que la persona pretende viajar principalmente para dar a luz y obtener la ciudadanía estadounidense para su hijo. 

¿Qué ocurre si la solicitante está embarazada?

La normativa no establece que estar embarazada, por sí solo, impida viajar a Estados Unidos. De acuerdo con la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP), no existen regulaciones que prohíban específicamente la entrada de una extranjera embarazada. Sin embargo, la admisión al país queda sujeta a la evaluación del funcionario de inmigración en el puerto de entrada. 

En materia de visas, las instrucciones del Departamento de Estado establecen que, si un funcionario consular tiene razones para creer que una solicitante dará a luz durante su estadía, se presume que su viaje tiene como propósito principal obtener la ciudadanía estadounidense para el bebé. Esa presunción puede ser rebatida si la solicitante demuestra que su verdadero propósito principal es otro. 

Por ejemplo, las propias normas contemplan circunstancias en las que una mujer podría dar a luz durante un viaje cuyo propósito principal sea diferente, como visitar a un familiar gravemente enfermo. También pueden existir situaciones relacionadas con atención médica, siempre que se cumplan los requisitos correspondientes. 

La intención del viaje es determinante

La medida busca diferenciar entre una persona que viaja legítimamente por turismo, negocios, motivos familiares u otras razones permitidas y aquella cuyo objetivo principal es dar a luz en Estados Unidos para obtener la ciudadanía para su hijo.

Por ello, las autoridades estadounidenses pueden evaluar las circunstancias del viaje, el propósito declarado por la solicitante y la información proporcionada durante el proceso de solicitud de visa. La normativa señala que la información sobre el propósito del viaje debe ser evaluada de manera individual. 

En ese sentido, no debe interpretarse que toda mujer embarazada tiene prohibida la entrada a Estados Unidos. La restricción se dirige específicamente al uso de una visa de visitante para viajar con el propósito principal de dar a luz y obtener la ciudadanía estadounidense para el menor.

La medida forma parte de las políticas migratorias estadounidenses destinadas a evitar el uso de las visas de visitante para fines distintos de aquellos para los que fueron concedidas. 

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Ada Luz Gomez

Ada Luz Gómez es redactora de AKI RD Digital, donde ejerce un periodismo responsable, veraz y cercano a la comunidad. Se especializa en la cobertura de temas sociales, políticos y comunitarios de La Altagracia y la República Dominicana.

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