Garantía económica y presentación periódica a acusados de explotación sexual en Veron, Punta Cana

0
147

Foto: Mayerlin Martínez

El juzgado de Atención Permanente del Distrito Judicial de La Altagracia, impuso este martes, presentación periódica, impedimento de salida y garantía económica variada a  los cuatro acusados de explotación sexual en Veron, Punta Cana.

El tribunal le impuso una garantía de 20 mil pesos  a la presunta administradora  del lugar, Reyna Julissa Solano Monción, y al extranjero haitiano Berlin Erisme 20 mil pesos cada uno.

En tanto que 200 mil pesos dejará pagar Domingo Lorenzo Santana, señalado como el cabecilla de la organización delictiva  según establece el Código Procesal Penal.

De igual modo a Richard de La Cruz Camacho  se le impuso el pago de de 50 mil pesos.

Se recuerda que el pasado viernes 30 de agosto la audiencia de conocimiento de medida en contra de los presuntos integrantes de la red de explotación sexual, fue reenviada para este martes debido a que se tenían que entrevistar algunas de las víctimas en la cámara Gesell.

El caso

El pasado jueves 29 de agosto,  la red de explotación Sexual fue desmantelada por las autoridades en Verón, Punta Cana, donde 20  mujeres de nacionalidades;  venezolana, haitiana, dominicana y colombiana fueron rescatadas, según informe de la Procuraduría General de la República.

Los miembros de la red cobraban por cada servicio sexual sumas que oscilaban entre los 200, 300 y 600 dólares americanos.

El operativo se hizo en el lugar, que tenía fachada de una residencia familiar.
Durante las pesquisas las autoridades obtuvieron diferentes evidencias, como documentos, recibos, pagos de salidas, pagos de servicios sexuales VIP, dinero en efectivo (pesos dominicanos y dólares americanos) y otras relacionadas con el hecho.

El Ministerio Público sustentó la solicitud de imposición de prisión preventiva con cerca de 300 pruebas y otorgó al presente hecho la calificación jurídica de violación a los artículos letras A, I, artículo 3, 6, 7, letra E, de la Ley 137-03, que sancionan la trata de personas, en la modalidad de explotación sexual, y proxenetismo, contenido en los artículos 334 y 334-1 del Código Penal Dominicano, así como lavado de activos en violación a la Ley 155-17.

FUENTE: MdigitalRD

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí